Salud en el entorno laboral.

Se define como salud el estado de completo bienestar físico, psíquico y social.

Sobre la salud afectan diversas condiciones laborales que pueden tener un impacto positivo o negativo, las negativas se consideran factores de riesgo y representan la posibilidad de que el riesgo cause un daño. Frente a esto actúa la prevención, que trata de minimizar la posibilidad de riesgo.

Las condiciones de trabajo negativas se abarcan en 4 tipos:

  • Condiciones de seguridad: provocadas por carencias Instalaciones, locales o equipamientos.
  • Condiciones medioambientales: provocadas por agentes físicos (energías), químicos o biológicos.
  • Condiciones ergonómicas: causadas por carga física o mental.
  • Condiciones organizativas o psicosociales: Influyen las características de las personas o la organización del trabajo.

El daño a la salud del trabajador puede ser de tres tipos:

  • Enfermedad
  • Patología
  • Lesión

Estas alteraciones pueden ser específicas (consecuencias directas del trabajo) o inespecíficas (consecuencias del trabajo y otras causas.)

Para que se considere accidente de trabajo debe existir una lesión, sea física o química mientras trabaja por cuenta propia (si cotiza) o por cuenta ajena, el accidente de trabajo debe derivar siempre de una causalidad derivada del trabajo desempeñado. Existen unos supuestos que salen de esta norma:

  • Accidente in itinere: producido en la ruta hacia o desde el trabajo, debe haber proximidad, sin interrupción de trayecto y tener lugar en el recorrido habitual, en caso de medio de transporte, debe ser usando un transporte idóneo. Existe la variante de «Accidente in mission» que abarca el contexto en el que realizando un trabajo para la empresa, no se cumplen los requisitos previos (viaje de negocios).
  • Cargo sindical: Daño causado desempeñando funciones sindicales.
  • Tareas distintas: Realizar tareas distintas a las de la categoría profesional, un ejemplo son encargos de un superior no estipulados en contrato.
  • Actos de salvamento: Cuando por ayudar a un tercero se crea un daño no derivado del puesto laboral.
  • Enfermedades del trabajo: Enfermedades contraídas en su puesto de trabajo (definidas en el cuadro de enfermedades profesionales).
  • Consecuencias de accidente: Consecuencias derivadas de un accidente de trabajo, un ejemplo es una infección en el hospital mientras se recibe un tratamiento por accidente laboral.

Presunción de laboralidad: Se presume que estando en el puesto de trabajo en horario de trabajo, se habla de un accidente de trabajo.

Imprudencia profesional provocada por el ejercicio habitual o el exceso de confianza.

Culpabilidad penal de empresario, compañero o un tercero relacionado con el trabajo.

NO se consideran accidentes de trabajo cuando existe una imprudencia temeraria, consciente de los riesgos o cuando existe dolo. Tampoco se consideran accidentes las fuerzas mayores extrañas.

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